miércoles, 13 de mayo de 2009

Exterior, Paseo del Prado, 36, Madrid, explanada frente a Caixaforum, día luminoso

Fragmento del fantástico artículo de Carlos Sánchez Almeida en el Club Diario de Mallorca, Palma, 8 de mayo de 2009, también publicado en Kriptópolis.

Plano cerrado sobre réplica de estatua El Pensador. Se abre plano lateral, diálogo entre estatua y abogado.


Pensador: ¿De qué comerán los artistas si no pueden cobrar por copias?


Abogado: Ay, siempre estáis con lo mismo: cómo se nota que eres una simple réplica.


Pensador: Yo no tengo la culpa de que Rodin inventase la escultura “alimentaria”.


Abogado: Y los que paseamos por aquí tampoco tenemos la culpa. ¿No
pretenderás encima que paguemos por verte? ¿Olvidas acaso la excepción
establecida en el artículo 35 de la Ley de Propiedad Intelectual?


Pensador: ¿Qué excepción, listillo?


Abogado: “Las obras situadas permanentemente en parques, calles,
plazas u otras vías públicas pueden ser reproducidas, distribuidas y
comunicadas libremente por medio de pinturas, dibujos, fotografías y
procedimientos audiovisuales.” Ya que no tenemos más remedio que verte,
al menos que sea gratis.


Pensador: Tú cuéntale lo de la excepción al Toro de Osborne, y a los que empapelaron por copiarlo, picapleitos.


Abogado: Los de tu gremio siempre insultando.


Pensador: Es que los leguleyos que os llenáis la boca de “cultura libre” no sabéis tanto Derecho como queréis aparentar.


Abogado: Ya salió el siete sabios.  ¿A ver, broncíneo, y tú donde estudiaste?


Pensador: En la escuela de la calle. Sentado aquí se aprenden muchas cosas, muchas más que en las bibliotecas.


Abogado: Pues de leyes entiendes muy poco.


Pensador: Más que tú. Ni tú ni tus colegas le habéis sabido sacar partido, por ejemplo, al artículo 88 de la Ley de Propiedad Intelectual.


Abogado: Me lo sé de memoria: “Sin perjuicio de los derechos que
corresponden a los autores, por el contrato de producción de la obra
audiovisual se presumirán cedidos en exclusiva al productor, con las
limitaciones establecidas en este Título, los derechos de reproducción,
distribución y comunicación pública, así como los de doblaje o
subtitulado de la obra.” Pero yo no soy productor así que...

 

Pensador: Ah, ¿no? Vamos a ver, ¿no eres abogado?

 

Abogado: Sí, no productor.

 

Pensador: La verdad es que pareces un decorador de interior gibraltareño. A ver, el productor de una película, ¿quien es?

 

Abogado: Pues, hablando pronto, el que pone la pasta.

 

Pensador: Conforme. Por tanto, según esa disposición, y teniendo en
cuenta que la mayoría del cine que se hace en este país lo
subvencionáis con vuestros impuestos, el pueblo español al completo se
configura como “productor cinematográfico”. Ya habéis pagado las
películas, sois productores y por tanto tenéis derecho a reproducir
libremente las películas cuya producción habéis ya pagado, sin tener
que volver a pasar por caja otra vez. Estáis haciendo el canelo.


Abogado: Oye, pues a lo mejor sí que sabes Derecho…

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